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Nuevo riesgo legal en México: las jornadas prolongadas ahora son delito

Se modificó una ley clave que configura como delito de explotación laboral las horas extra no remuneradas, estableciendo duras sanciones.


En junio, México implementó importantes cambios en la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos. La definición de explotación laboral se ha ampliado, y con ello se busca erradicar las jornadas laborales prolongadas sin la compensación adecuada. Las empresas que no cumplan con esta normativa enfrentarán sanciones severas, incluyendo penas de prisión y multas elevadas.

Esta reforma tipifica las jornadas extensas como explotación laboral si no se compensa adecuadamente, elevando esta práctica a la categoría de delito.

Previamente, los casos de explotación laboral considerados delito incluían:

  • Trabajos en condiciones insalubres y sin protección.
  • Cargas laborales desproporcionadas a la compensación.
  • Sueldos inferiores al salario mínimo.

Las nuevas sanciones son alarmantes:

  • Penas de entre 3 y 10 años de prisión.
  • Multas que oscilan entre 542,850 y 5,428,500 pesos, según estimaciones.
  • Las sanciones aumentarán si las víctimas pertenecen a comunidades indígenas o afromexicanas.

Los responsables de estas violaciones a la nueva legislación no son solo las empresas, sino también sus directores, gerentes, administradores y otros representantes, quienes responderán personalmente por los delitos cometidos bajo la representación corporativa.

 

¿Cuál es la jornada laboral máxima?

Según el artículo 61 de la Ley Federal del Trabajo, las horas máxima por tipo de jornada son las siguientes:

- Jornada diurna (entre las 06:00 y las 20:00 horas): 8 horas

- Jornada nocturna (entre las 20:00 y las 06:00 horas): 7 horas

- Jornada mixta: 7,5 horas

Según la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE), 4.8 millones de trabajadores en México exceden las 56 horas semanales. Con esta reforma, cualquier empleado que trabaje más de 48 horas por semana y supere las nueve horas extra semanales, será considerado víctima de explotación laboral si no recibe la compensación correspondiente, configurando un delito.

 

Para evitar estas graves consecuencias, las empresas deben implementar de inmediato un control exhaustivo de las horas trabajadas y las horas extra. Una herramienta innovadora para este propósito es el Control Horario con Face ID. Esta tecnología, basada en datos biométricos, permite registrar ingresos, descansos y salidas de los trabajadores, incluso si el dispositivo está offline por problemas de conectividad.

👉 Para conocer más sobre esta herramienta y asegurar un control efectivo de las horas trabajadas, visita este enlace o completa este formulario y te enviaremos más información.

La nueva legislación no solo impone responsabilidad legal sino también un riesgo significativo para la reputación y continuidad de las empresas que no se adapten.


 

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